De acuerdo a la Resolución 001092 del 1 de julio de 2022, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, el 1 de junio es la fecha máxima de implementación para el documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema POS, de acuerdo con la calidad de contribuyente en relación al impuesto de renta y complementarios.
“El incumplimiento de esta norma podría resultar en multas o sanciones para las empresas en Colombia. Según el Estatuto Tributario, aquellos que no cumplan con los requisitos de facturación electrónica podrían enfrentar el cierre del establecimiento por hasta 30 días, así como multas pecuniarias de hasta el 1% del valor involucrado en las facturas no cumplidas.”, afirmó, Mario Giraldo, experto de facturación y software de impuestos de Sovos Latinoamérica.
La Resolución, establece el calendario para la implementación del límite de las cinco (5) UVT, como monto máximo para la expedición de los documentos equivalentes generados por máquina registradora con sistema POS.
De acuerdo al artículo 868 del Estatuto Tributario, la Unidad de Valor Tributario -UVT, es la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la Dian, y la misma es reajustada anualmente en la variación del índice de precios al consumidor para ingresos medios, certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística.
Según el experto, la DIAN ya está exigiendo la emisión de recibos electrónicos, como parte de su esfuerzo por simplificar y estandarizar procesos. Entre los documentos equivalentes a la factura electrónica, los recibos emitidos por los puntos de venta (Point of Sale o POS) juegan un papel fundamental, ya que deberán emitirse como documentos electrónicos, lo que permitirá a la autoridad tributaria fiscalizar y tener una mayor trazabilidad sobre las ventas.
“La expedición de recibos electrónicos tendrá diversos impactos. Por un lado, acelerará la transformación digital de las operaciones contables de las compañías, brindando beneficios en términos de eficiencia y agilidad. Además, mejorará la experiencia de los consumidores que cada vez más optan por realizar compras en línea, ya que contarán con un recibo electrónico que respalde sus transacciones. Esta medida también contribuirá a reducir el consumo de papel, beneficiando al medio ambiente”, dijo, Giraldo.
De acuerdo al artículo 1, sobre el monto máximo aplicable para la expedición del tiquete de máquina registradora con sistema POS,a partir de la entrada en vigencia del calendario establecido en el artículo 2 de la presente Resolución, la expedición del documento equivalente tiquete de máquina registradora con sistema POS no podrá superar el monto máximo de cinco (5) UVT, sin incluir el importe de ningún impuesto, por cada operación de venta y/o prestación de servicio.
Según Giraldo, la DIAN ha dispuesto este calendario para facilitar el cumplimiento de la obligación y tener en cuenta la capacidad financiera de los sujetos obligados a facturar. Es importante destacar que cada primero de enero a partir del año gravable 2024, los sujetos obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente deberán ajustar el valor de la UVT aplicable para cumplir con la limitación de los cinco (5) UVT en la expedición de cada tiquete.
Además, comenta que la implementación de esta normativa presenta retos para la industria. Es fundamental que las empresas logren comprender y adaptarse a este cambio, asegurando una buena adaptación de su infraestructura tecnológica, su personal y sus procesos de negocio.
“La obligatoriedad de los recibos electrónicos de Colombia representa una nueva etapa en la transformación digital del país. Si bien se abren oportunidades, las empresas deben prepararse adecuadamente para enfrentar los retos que conlleva esta transición. Es crucial que las empresas del sector retail comprendan la importancia de adaptarse a esta nueva normativa y tomen medidas proactivas para garantizar una implementación exitosa”, concluyó.