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¿Qué reglas gobiernan la profesión en los abogados?

5 abril, 2016



El ABOGADO es el profesional que se ocupa de interpretar las normas legales con el fin de brindar asesoramiento y asistencia a sus clientes (ciudadanos, empresas, instituciones y organizaciones). Su actividad puede ser judicial (defensa y representación legal ante un juez o árbitro) y extrajudicial (asistencia, consultoría, redacción de dictámenes, redacción de contratos, etc.). El ABOGADO  también puede representar los intereses y desarrollar su actividad en nombre de organismos y administraciones públicas (como por ejemplo el ABOGADO del Estado).

En el ordenamiento jurídico italiano, la profesión de ABOGADO se rige por las Disposiciones del Real Decreto de 27 de noviembre de 1933 n. 1578 (Orden de las profesiones de abogado y procurador) y modificaciones posteriores:

  • Decreto presidencial de 10 de abril de 1990, n. 101 – Reglamento relativo a la práctica jurídica para la admisión al examen de la abogacía
  • L. 15 de mayo de 1997, n. 127 y Decreto Legislativo 17 de noviembre de 1997, n. 398, relativo a las escuelas universitarias de especialización para las profesiones jurídicas
  • L. 24 de febrero de 1997, n. 27 – Supresión del registro de fiscales y normas de ejercicio de las profesiones forenses

El acceso a la profesión de ABOGADO está sujeto a la superación del examen estatal de abogado. Esta última puede ser realizada por licenciados en derecho que hayan completado la pasantía legal de 18 meses. La pasantía debe realizarse en el despacho de un abogado que tenga al menos 5 años matriculado y podrá reducirse a un año para quienes hayan asistido a una escuela de especialización. Se puede realizar alternativamente en la Fiscalía del Estado como los Administradores de fincas en las palmas, en los Municipios y otros organismos públicos, y en las oficinas judiciales (como el juzgado). Sin embargo, la pasantía en el tribunal no puede exceder los 12 meses y debe completarse completando los 6 meses restantes en la oficina de un abogado.

El abogado deberá respetar en todo momento los deberes señalados por el Código de Ética Forense, modificado por el Consejo Nacional de Abogados con resolución núm. 86 de 13 de abril de 2018.