En un esfuerzo por mejorar la transparencia, la eficiencia tributaria y la prevención de la evasión fiscal, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha estado enfatizando en la importancia de abordar la implementación de la facturación electrónica con seriedad y cumplir con los plazos y requisitos legales correspondientes en varias ciudades del país.
Ante este panorama, Sovos, proveedor global de software de impuestos, resalta no solo las consecuencias legales y económicas para las empresas que no cumplan con la obligación de facturar electrónicamente, sino también, las buenas prácticas impulsadas por la DIAN en este contexto. Además, ofrece consejos esenciales sobre qué aspectos las empresas deben considerar antes de recibir una visita por parte de la entidad tributaria.
“La implementación de la facturación electrónica no es solo un paso en la dirección correcta, sino una necesidad imperante para la integridad de los sistemas tributarios y el funcionamiento eficiente de las empresas. Hemos identificado ciertos puntos clave de las implicaciones que pueda enfrentar el empresario”, afirmó, Mario Giraldo, experto de facturación y software de impuestos de Sovos Latinoamérica.
¿Qué debe considerar antes de una visita de la entidad?
- Cumplimiento de obligaciones tributarias: Es esencial asegurarse de cumplir, tanto formal como sustancialmente, con las obligaciones tributarias. Esto implica estar al día con los pagos y declaraciones fiscales correspondientes.
- Verificación de facturación electrónica: Dado que la DIAN está llevando a cabo visitas para verificar la facturación electrónica y su cumplimiento normativo, es importante asegurarse de que todas las facturas electrónicas se estén emitiendo y gestionando correctamente según la normativa vigente.
- Cartera morosa: Si se tiene una cartera morosa, es decir, deudas pendientes con la DIAN, se debe considerar la posibilidad de que la entidad aborde estas deudas durante la visita. Es importante estar preparado para afrontar estas situaciones y resolver las deudas pendientes.
- Omisión en declaraciones o inexactitudes: Si ha habido omisiones en la presentación de declaraciones o inexactitudes en las mismas, es recomendable corregir estas situaciones antes de la visita de la DIAN.
- Documentación y cumplimiento normativo: Tener toda la documentación y registros necesarios en orden y a disposición para facilitar cualquier verificación que realice la DIAN. Cumplir con las normativas vigentes es esencial.
- Posibles acciones de cobro: Si se tiene cartera morosa o situaciones pendientes, es posible que la DIAN tome acciones de cobro durante la visita. Es importante estar al tanto de estas posibilidades y estar preparado para abordarlas.
- Requisitos mínimos en la factura electrónica: Únicamente se requiere el nombre y la cédula como datos obligatorios. Las empresas no deben exigir otros datos alegando su obligatoriedad en la generación del documento.
De acuerdo con la DIAN, se está llevando a cabo una serie de visitas de orientación y control tributario en establecimientos en todo el país. Un total de 1.200 funcionarios de las 35 direcciones seccionales están programados para realizar más de 4.000 visitas, proporcionando información y realizando acciones de cobro a los contribuyentes con cartera morosa.
También, en lo corrido de 2023, la autoridad tributaria ha alcanzado un total de 107.299 contribuyentes, de las cuales 30.143 corresponden a visitas de verificación de facturación electrónica, 6.273 visitas integrales, 47.958 en jornadas “Al día con la DIAN, le cumplo al país» y 21.736 en jornadas integrales de atención, con respecto a los beneficios de la pasada reforma tributaria (Ley 2277 de 2022).
“En el futuro, es probable que la DIAN continúe fortaleciendo su enfoque en la recaudación y el cumplimiento fiscal. Las visitas de control indican un compromiso en combatir el incumplimiento y la evasión en sectores específicos. Además de la coerción, la educación y el asesoramiento a los contribuyentes serán fundamentales para fomentar el cumplimiento voluntario”, concluyó Giraldo.