En caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de Policía, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el Estado de Conmoción Interior, en toda la República o parte de ella, por término no mayor de noventa días, prorrogable hasta por dos períodos iguales, el segundo de los cuales requiere concepto previo y favorable del Senado de la República.. (Artículo 213 de constitución política de Colombia)
La anterior es la ley en la que se fundamenta la propuesta del candidato a la presidencia, Rodolfo Hernández, entre otros decretos que afirma tener listos en caso de ser elegido como el nuevo presidente de los colombianos.
Con la declaratoria de la Conmoción Interior, el candidato busca “conjurar las causas que atentan gravemente contra la estabilidad institucional y hacen peligrar la convivencia ciudadana, originadas en la endemia en que se ha convertido la corrupción”.
De acuerdo a las declaraciones del candidato, esta acción la llevaría a cabo el mismo día de su posesión, acto que sería no en el palacio de Nariño como es lo acostumbrado, sino en el pueblo más pobre de Colombia.
¿Cómo funciona la Conmoción Interior?
En el artículo 213 de la Constitución Política de 1991, dice claramente “en caso de grave perturbación del orden público…”, por lo que Rodolfo Hernández, asegura que la corrupción en Colombia ha generado una situación de tal magnitud.
Al decretarse esta figura, el presidente de la República, tendría amplias facultades, dentro de los cuales está crear y derogar leyes y decretos sin necesidad de someterse a ningún tramite en el Congreso de la República
Junto a lo anterior, podrá restringir la libre circulación y residencia de los habitantes, restringir las emisiones de radio y televisión, en caso de informaciones que considere peligrosas para la vida de las personas, al igual que suspender servicios de radiocomunicaciones de redes públicas o privadas.
Sumado a lo anterior, el gobierno tendrá plena facultad para interceptar llamadas o comunicaciones o capturar a personas de manera preventiva.
Pese a todo lo anterior, cabe aclarar que los decretos legislativos, serán revisados por la Corte Constitucional, y este tribunal podrá derogarlos en caso que no se ajusten a las normas consignadas en la Constitución Política de Colombia